Toda persona tiene derecho a la libertad de reunión y de asociación pacíficas. . Nadie podrá ser obligado a pertenecer a una asociación.
Archivos de la etiqueta: sindicatos
Artículo 21
Toda persona tiene derecho a participar en el gobierno de su país, directamente o por medio de representantes libremente escogidos. . Toda persona tiene el derecho de acceso, en condiciones de igualdad, a las funciones públicas de su país. . La voluntad del pueblo es la base de la autoridad del poder público; esta voluntad …
Artículo 22
Toda persona, como miembro de la sociedad, tiene derecho a la seguridad social, y a obtener, mediante el esfuerzo nacional y la cooperación internacional, habida cuenta de la organización y los recursos de cada Estado, la satisfacción de los derechos económicos, sociales y culturales, indispensables a su dignidad y al libre desarrollo de su personalidad.
Artículo 23
Toda persona tiene derecho al trabajo, a la libre elección de su trabajo, a condiciones equitativas y satisfactorias de trabajo y a la protección contra el desempleo. . Toda persona tiene derecho, sin discriminación alguna, a igual salario por trabajo igual. . Toda persona que trabaja tiene derecho a una remuneración equitativa y satisfactoria, que …
Artículo 24
Toda persona tiene derecho al descanso, al disfrute del tiempo libre, a una limitación razonable de la duración del trabajo y a vacaciones periódicas pagadas.
Artículo 25
Toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado que le asegure, así como a su familia, la salud y el bienestar, y en especial la alimentación, el vestido, la vivienda, la asistencia médica y los servicios sociales necesarios; tiene asimismo derecho a los seguros en caso de desempleo, enfermedad, invalidez, viudez, vejez u …